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Prueba digital admisible en juicio para <em>abogados</em>
Aporta a tus clientes evidencia fotográfica y de ubicación con cadena de custodia forense, sello de tiempo cualificado (eIDAS) y hash SHA-256. Admisible ante los tribunales españoles.
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3 sellos + 2 verificaciones gratis al verificar tu email. Sin tarjeta.
1
Haz la foto
Desde el móvil. La app captura GPS, timestamp y metadatos automáticamente.
2
Sello forense
Doble hash SHA-256, marca de agua invisible y cadena de custodia en 3 segundos.
3
Aporta la prueba
Descarga el acta o comparte el QR verificable para unirlo a tu demanda, contestación o escrito.
Caso real: impugnación de la prueba fotográfica
Tu cliente aporta fotos del estado de una obra, un local o unos daños. La contraparte las impugna
alegando que pudieron manipularse o tomarse en otra fecha.
Sin Reality Check: la autenticidad queda al criterio del juez y puede exigir una pericial.
Con Reality Check: cada imagen lleva hash SHA-256, GPS, sello de tiempo cualificado
(Art. 41.2 eIDAS, presunción de fecha e integridad) y verificación pública por QR. La carga de impugnar
recae en la contraparte.
Cadena de custodia forense
Hash SHA-256, metadatos y registro de integridad desde la captura hasta el juzgado.
Sello de tiempo cualificado eIDAS
Sello RFC 3161 de la FNMT con presunción legal de fecha e integridad (Art. 41.2).
Verificación pública por QR
El juzgado o la contraparte comprueban la autenticidad sin instalar nada.
Acta de certificación
Documento pericial descargable, con sello electrónico avanzado FNMT, listo para aportar.
Geolocalización certificada
GPS exacto del lugar de los hechos, no la ubicación de un EXIF editable.
Capturas de pantalla y web
Certifica WhatsApp, emails, publicaciones o webs antes de que desaparezcan.
SHA-256 Hash criptográfico
ISO 27037 Estándar judicial
RGPD Datos en la UE
GPS + Timestamp Certificado
Anti-spoofing Validación τ
Empieza gratis
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Preguntas frecuentes
¿Es admisible como prueba en un juicio en España?
Sí. La evidencia se acompaña de cadena de custodia y sello de tiempo cualificado eIDAS, conforme a la LEC (arts. 299 y 326) y al Reglamento (UE) 910/2014. El juez la valora como prueba documental electrónica.
¿Sustituye a un acta notarial?
Cubre el mismo fin probatorio —fijar un hecho en una fecha— a una fracción del coste y en segundos. Para máxima robustez ofrecemos además un acta de certificación revisada por nuestro equipo.
¿Puede la contraparte verificar la prueba?
Sí, con el código QR o el código de evidencia desde el portal público, sin cuenta ni app.
¿Qué pasa si impugnan la autenticidad?
El sello de tiempo cualificado goza de presunción iuris tantum: la carga de destruirla recae en quien impugna.
¿Puedo gestionar pruebas de varios clientes?
Sí. Cada evidencia queda asociada a tu cuenta y compartes solo las que necesites.
Evidencia que no se discute.
Dale a cada prueba de tus clientes valor probatorio desde el primer minuto.
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